Se publica el nuevo RD sobre la Legionella
Desde Laboratorio Control informan de la publicación del nuevo Real Decreto que tiene por objeto la prevención y el control de la legionelosis, mediante el establecimiento de las nuevas medidas sanitarias a aplicar en las instalaciones susceptibles de la proliferación y diseminación de Legionella.
Tal y como queda reflejado en el nuevo Real Decreto 487/2022, publicado el 21 de junio, la responsabilidad principal del cumplimento de las condiciones higiénico-sanitarias corresponde al titular de las instalaciones, que puede recurrir a la implantación de un Plan de Prevención y Control de Legionella o a un Plan Sanitario frente a Legionella, siendo el segundo opcional y el primero el punto de partida. El Plan de Prevención y Control de Legionella debe ser diseñado e implantado contemplando, al menos, los requisitos establecidos en los anexos del Real Decreto, con el contenido que se establece en el mismo.
Según indica el Artículo 12.1 del nuevo RD, se estima oportuno centrar la política sanitaria en la acreditación de los laboratorios para la determinación mediante cultivo de Legionella spp. y por lo tanto, siendo obligatoria la acreditación ENAC para realizar dicho cultivo. Además, se establece la toma de muestra bajo procedimientos documentados con una visión integradora (vinculo inequívoco de ésta y su resultado con los programas de mantenimiento y de tratamiento, lo que garantiza la trazabilidad y custodia de la misma).
La calidad del agua se valora con base a parámetros microbiológicos (aerobios y Legionella spp.) y de parámetros físico-químicos que deben ser analizados preferentemente in situ (pH, conductividad, temperatura, etc.) en el momento de la toma de muestra y otros que, en función de su complejidad analítica o su importancia en la adopción de medidas correctoras, deben ser determinados en el laboratorio.
El método de cultivo será el método de referencia para Legionella pudiendo recurrirse, con carácter complementario a este y, en situaciones determinadas, a métodos alternativos al cultivo, métodos no basados en el cultivo y métodos moleculares, en particular la PCR en directo (qPCR).
De especial interés es el ANEXO V que recoge el programa de muestreo dependiendo de la instalación a controlar y que varía en número de muestras y frecuencias con lo establecido en el antiguo RD, así como el ANEXO VI que define el protocolo para toma y transporte de las muestras e indica de forma clara tanto envases como condiciones de transporte y tiempos en función del parámetro a analizar.
Por último, en el resto de los anexos del real decreto se establecen, tanto a los efectos de aplicación rutinaria de los diferentes programas como en el caso de notificación de casos o brotes, requisitos generales aplicables a todas las instalaciones objeto del real decreto, y adicionalmente se establecen requisitos específicos para determinados tipos de instalaciones.
Laboratorio Control, referente en el sector, con una trayectoria de más de 20 años de experiencia ofreciendo análisis de Legionella por cultivo y recogidas de muestras acreditadas por ENAC, así como análisis de Legionella por PCR (qPCR), cumple los requerimientos del nuevo Real Decreto 487/2022, pudiendo guiar al cliente en el control y asesoramiento sobre las nuevas medidas que la empresa deberá adoptar.
No dude en contactar con el equipo de Laboratorio Control para ampliar información y asesorarse.